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Aprobado un nuevo Decreto de reglamento de turismo de Catalunya
05/08/2020
El Gobierno de la Generalitat ha aprobado el nuevo Decreto de reglamento de turismo de Cataluña que regula nuevos productos turísticos, define las modalidades, actualiza los requisitos de clasificación y las características de los alojamientos turísticos.
El nuevo Decreto simplifica, actualiza e integra en un solo cuerpo normativo las diferentes normativas. De esta manera se aporta claridad, coherencia y una mayor seguridad jurídica.
También establece que los establecimientos turísticos no requieren de ninguna habilitación de la Administración de la Generalitat de Cataluya.
Nuevos productos turísticos:
- Los alojamientos singulares son productos turísticos que no encajan bajo ninguna de las modalidades vigentes de alojamiento turístico. Son ejemplos las cabañas en los árboles, las barracas de piedra seca entre viñedos, las cuevas, etc. El Decreto establece que deberán ubicarse fuera de vehículos, aeronaves o embarcaciones así como de edificios convencionales, construcciones prefabricadas, elementos modulares o similares; y podrán tener una capacidad máxima de seis plazas.
- El hogar compartido es un alojamiento turístico que es la vivienda principal de su titular y que éste comparte como servicio de alojamiento con terceras personas, en concreto con un máximo de cuatro usuarios para estancias de duración igual o inferior a 31 días. El titular debe residir y compartir la vivienda con los turistas mientras dura la estancia. Se establece el plazo de un año para que los ayuntamientos puedan asumir esta tipología de alojamiento turístico.
Regula nuevos productos turísticos como los alojamientos singulares y los hogares compartidos
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