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NUEVO CANAL PARA LAS CONSULTAS TÉCNICAS DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS
El Departamento de Interior centraliza las consultas relacionadas con los expedientes de prevención de incendios en los establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios según la ley 3/2010 a través de un nuevo trámite web.
Se centralizan las consultas relacionadas con los expedientes de prevención de incendios en los establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios según la ley 3/2010 a través de un nuevo trámite web.
Se centraliza las consultas relacionadas con los expedientes de prevención de incendios en los establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios según la ley 3/2010 a través de un nuevo trámite web.
Se ha habilitado un formulario en la página web del Departamento de Interior, con el que se centraliza las consultas relacionadas con los expedientes de prevención de incendios en los establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios según la ley 3/2010.
A través del formulario puede:
Hacer las consultas técnicas relativas a la aplicación de la normativa técnica en los proyectos de seguridad en caso de incendio.
Solicitar una visita con el personal técnico,
Consultar el estado de los expedientes.
La Sub-Dirección General Técnica del Servicio de Prevención indica que se dejará de responder telefónicamente las consultas relacionadas con los expedientes de Prevención de incendios en los Establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios, por lo que el formulario será el canal de comunicación con el Servicio .
A partir de ahora pues, cuando desee consultar el estado de un expediente, solicitar una visita con personal técnico del Servicio de Prevención o bien hacer una consulta para una actividad concreta, habrá emplear el formulario de la web (interior. gencat.cat/consultaprevencio), donde:
Deberá identificarse, aportando los datos de contacto que se solicitan.
Habrá que indicar el municipio donde está la actividad o establecimiento objeto de la consulta.
Habrá también especificar la tipología de la actividad o establecimiento objeto de la consulta.
Posteriormente, el técnico del Servicio de Prevención responsable de resolver la consulta se pondrá en contacto con el técnico a fin de resolver el trámite de consulta.