PUBLICADA EN EL DOGC LA LEY 18/2020, DE FACILITACIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA

31/12/2020

En fecha de 12/31/2020 ha sido publicada en el DOGC la Ley de facilitación de la actividad económica. La Ley entrará en vigor a los 20 días de su publicación (01/20/2021) .

La norma deroga diversas disposiciones de la Ley 16/2015, de simplificación de la actividad administrativa, y establece un único régimen de tramitación por las actividades de su Anexo: la Comunicación , a la que habrá que adjuntar siempre un certificado técnico y, cuando por dimensión o capacidad de la actividad se establezca en el anexo, se deberá adjuntar también (aparte del certificado) un proyecto también firmado por técnico competente. El modelo de certificado técnico será obligatorio (Art. 32.2).

La Ley indica que se establecerá por reglamento las circunstancias que determinan si una modificación es sustancial . La modificación sustancial de una actividad requerirá una nueva comunicación a la Administración.

Se destaca que el anexo ha incorporado muchas nuevas actividades, destacando el hecho de que en las divisiones 41 y 42 del anexo, en la columna correspondiente a las actividades que requereiuxen proyecto y certificado se ha incluido el texto "Si disponen de oficinas de superficie construida> 500 m2 o si disponen de almacén de materiales . Se excluyen las actividades que dispongan de almacén industrial sometido a la aplicación del RSCIEI e incluido en el anexo 2 de la Ley 3/2010 ", quedando así recogidas muchas actividades que hasta la fecha se estaban clasificando como "depósito y almacenamiento)

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